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Desde el 21 de marzo pasado ya está en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, una norma que se adapta a los nuevos tiempos y que sigue buscando la mejora de la seguridad en las carreteras de nuestro país. La normativa introduce importantes cambios con un endurecimiento de las sanciones al usar el teléfono móvil al volante, no abrocharse el cinturón de seguridad, o no respetar la distancia de seguridad al adelantar a ciclistas, entre otras medidas. También incluye referencias medioambientales y al vehículo autónomo, en una clara apuesta de la DGT por incorporar la política medioambiental a la jurisprudencia vial y regular los vehículos sin conductor. Si quieres conocer en detalle esta nueva ley, en Wikidriver te explicaremos en qué consiste para que estés bien informado y no te expongas a la retirada de puntos o a multas innecesarias. ¿Nos acompañas?
«Nuevos tiempos, nuevas normas»
Bajo el lema «Nuevos tiempos, nuevas normas», la Dirección General de Tráfico dio a conocer a finales del mes pasado su nueva campaña para informar a los conductores de los importantes cambios en materia de tráfico y seguridad vial introducidos con la nueva ley. Tal como explica en su campaña, la DGT es consciente de que las nuevas formas de comunicarnos, conectarnos y movernos han variado en los últimos años, y este cambio exigía que la normativa también se adaptara a los nuevos tiempos. Por ello, la normativa endurece algunas sanciones para mejorar la seguridad vial, en especial la de colectivos vulnerables como los ciclistas, y establece nuevas penalizaciones para intentar regular los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), tan de moda recientemente. A continuación, analizaremos los varios cambios que introduce la nueva ley agrupándolos por temáticas:
Más seguridad y menos velocidad
Por desgracia, 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin usar el cinturón de seguridad y el año pasado el 26% de las personas que perdieron la vida en las carreteras españolas no lo llevaban puesto, según Tráfico. Para intentar revertir este comportamiento, la DGT ha decidido aumentar de 3 a 4 los puntos si no se usa este sistema de protección y otros elementos que garantizan la seguridad vial, como los sistemas de retención infantil o el casco.
Y para aumentar la seguridad también hay que reducir la velocidad. Por ello, si hasta ahora los turismos y motocicletas podían rebasar en 20 km/h los límites de velocidad cuando adelantaban a otros vehículos en las carreteras convencionales, ahora ya no está permitido. Y es que, de nuevo, las cifras hablan por sí solas: en 2019, 239 personas murieron en colisiones frontales debidas a adelantamientos en este tipo de vías.
Castigo al uso de dispositivos no permitidos
Los despistes al volante provocan el 31% de los accidentes mortales (más de 300 personas fallecieron en 2020 por este motivo) y es obvio que la distracción estrella es el teléfono móvil. Tráfico lo sabe y, ante la crudeza de las cifras, ha decidido aumentar el castigo, sancionando con 6 puntos y 200 euros de multa al conductor que lo sostenga en la mano (sí, bastará solo eso, según el nuevo reglamento), en lugar de los 3 actuales.
Igualmente, llevar detectores de radar en el coche será motivo de 200 euros de sanción y 3 puntos del carné. Y hemos dicho llevar detectores de radares y no usarlos porque, a diferencia de lo que sucedía hasta ahora, con el nuevo reglamento las autoridades de Tráfico han decidido que tan solo llevarlo instalado en el vehículo ya constituirá motivo de multa para el conductor. En caso de usar o instalar inhibidores de radar, totalmente prohibidos actualmente, la penalización seguirá siendo de 6 puntos del carné y hasta 6.000 euros de multa, en los casos más graves. Los talleres que se arriesguen a instalarlos se enfrentan a altísimas sanciones, que pueden llegar hasta los 30.000 euros.
La nueva ley también introduce una importante novedad en caso de fraude en las pruebas de obtención y recuperación del permiso de conducir. Los conductores que hagan trampas usando dispositivos de intercomunicación no autorizados mientras se examinan para sacarse el carné o recuperarlo tras una sanción serán castigados con 500 euros y no podrán volver a presentarse en un plazo de 6 meses. Esta infracción está tipificada como muy grave y busca disuadir a los conductores que quieran saltarse la normativa.
Lo que sí que permite Tráfico es que los conductores de motos y ciclomotores utilicen dispositivos inalámbricos en el casco para comunicarse o navegar, siempre que ello no entorpezca la circulación.
Protección de los ciclistas
Otro de los objetivos de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial tiene como prioridad proteger a los ciclistas y motoristas, uno de los colectivos más vulnerables en la carretera. De este modo, en vías con más de un carril por sentido, ahora es obligatorio cambiar de carril cuando se adelante a ciclistas o ciclomotores. Además, el reglamento también endurece las sanciones de 4 a 6 puntos a aquellos conductores que, cuando adelanten este colectivo, lo pongan en peligro o lo entorpezcan sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros. También se prohíbe parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas.
Protección al medio ambiente
Además de ser una posible causa de accidente, los comportamientos incívicos al volante pueden tener graves repercusiones para el medio ambiente, provocando incendios y poniendo en peligro la vida de la fauna y flora que vive en las inmediaciones de la carretera. Por este motivo, lanzar a la vía o cerca de ella objetos que puedan causar accidentes o incendios será castigado como una infracción muy grave (en lugar de grave, como hasta ahora), con una pérdida de 6 puntos y una sanción de 500 euros.
Otra medida de la DGT para proteger el medio ambiente consiste en aplicar sanciones de 200 euros si no se respetan las restricciones de circulación en casos de episodios de contaminación y de zonas de bajas emisiones. Recordemos que, de acuerdo con la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, los municipios de más de 50.000 habitantes deberán establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 de enero del año que viene y la introducción de esta medida pretende ayudar a su cumplimiento.
A este respecto, recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado la ZBE de Barcelona por falta de informes que avalen la avalen, exceso del ámbito geográfico de implantación y demasiada restricción del tipo de vehículos afectados, entre otros motivos. Sin embargo, según ha anunciado el Ayuntamiento de Barcelona, la normativa seguirá en vigor, y el asunto no se resolverá hasta que el consistorio presente un recurso y se resuelva en los juzgados.
Regulación de los VMP y tolerancia 0 al alcohol
El auge que han experimentado en los últimos años los Vehículos de Movilidad Personal ha exigido una regulación a toda prisa, tanto por parte de los ayuntamientos como de las autoridades de Tráfico. Por ello, en el nuevo reglamento se establece que los VMP (usuarios de patinetes y bicis) deberán llevar casco y no podrán circular por las aceras, las autopistas ni las autovías. Si no respetan estas normas, se enfrentan a una sanción grave de 200 euros de multa. Es cierto que siempre se puede recurrir una multa, pero, con el reglamento en la mano, se tiene las de perder.
En relación al alcohol, la ley también implanta fuertes sanciones. Por primera vez, se introduce la tasa 0,0, que prohíbe a los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (bicicleta, patinete o ciclomotor) si han ingerido alcohol. Saltarse la norma sigue estando tipificado como infracción muy grave y conlleva una sanción económica de 500 euros. Pero no solo se pone el foco en los conductores menores de edad, sino que se intenta evitar que cualquier conductor pueda provocar un accidente por haber ingerido alcohol gracias a la instalación de un alcoholímetro antiarranque (el llamado alcoholock). El texto da cobertura legal a que, en un futuro, pueda instalarse este sistema, en la línea de lo que ya hacen algunos de nuestros vecinos europeos desde hace años. De este modo, si el alcoholímetro antiarranque detecta que el conductor ha ingerido alcohol, le impide poner en marcha el vehículo al estar conectado al sistema de arranque. Este requisito será obligatorio a partir del 6 de julio de 2022 para homologar nuevos vehículos en Europa y se aplicará, en primer lugar, a los conductores de transporte de pasajeros.
Novedades en la recuperación de los puntos perdidos
Finalmente, también hay importantes cambios en la manera de recuperar los puntos: hasta ahora, el tiempo que tenía que pasar para recuperar los puntos perdidos era variable y dependía de la gravedad de la infracción (hasta tres años en caso de haber cometido una infracción muy grave). En cambio, con el nuevo reglamento, si en dos años un conductor no ha cometido infracciones que acarreen la pérdida de puntos, podrá recuperar su saldo inicial de 12 puntos. También se podrán recuperar 2 puntos del carné si se realizan cursos de conducción segura, una práctica que, según la DGT, está dando buenos resultados y supone una formación adicional para los conductores.